Seguro de Dependencia

Seguro de Dependencia

Seguro de dependenciaUn seguro de dependencia es un producto asegurador que protege el futuro del usuario y su entorno.
Se trata de un producto que tiene cada día más demanda y debido al aumento progresivo en la esperanza de vida de todos los españoles, las predicciones de contrataciones son de un claro aumento.

Protegiéndote a ti y a los que te rodean

Ante un caso de dependencia, podrás haber previsto el soporte que tu familia necesitará, y que podrás brindarle ante un caso de dependencia severa o de gran dependencia.
Un completo equipo de profesionales para que nunca te falte de nada (ni a ti, ni a los tuyos) en el momento en que más lo necesites.

Dependencia y pre-dependencia

Cuando contratas un seguro de dependencia, estarás cubierto en dos supuestos:

Pre -dependencia

Son coberturas que se prestarán al contratante o los beneficiados, sin que se haya declarado la dependencia.

  • Fallecimiento:
    Si el asegurado falleciera sin haberse declarado la dependencia, es decir que no ha podido capitalizar su seguro de dependencia. Los familiares o beneficiarios asignados, cobrarán un capital igual a la suma de todas las primas pagadas por el asegurado, hasta el momento del fallecimiento.
  • Asistencia familiar:
    Tanto el asegurado como su cónyuge podrán disponer de un servicio de asistencia familiar que comprende:

    • Orientación telefónica:
      • Médico las 24 horas del día.
      • Social
      • Psicológico
      • Asistencia dietética y nutricional
      • Jurídico
    • Teleasistencia:
      • Asistencia permanente ante urgencias médicas
      • Información a la familia
      • Servicios de apoyo y orientación
      • Seguimiento personalizado
      • Recordatorios de medicación y avisos importantes
    • Ayuda a domicilio:
      • Atención personal y cuidado físico al usuario
      • Acompañamiento
      • Limpieza y cuidado del hogar
      • Asistencia y vigilancia nocturna
      • Tratamientos especiales

Este servicio estará garantizado hasta que el asegurado quede en situación de dependencia certificada, o como máximo hasta cumplir los 75 años.

En ambas modalidades, en caso de fallecimiento sin haberse declarado la dependencia, los familiares o beneficiarios asignados, cobrarán un capital igual a la suma de todas las primas pagadas.

Dependencia:

Cuando se declare la dependencia del asegurado, diferentes coberturas que variarán en función del grado de dependencia declarado.

  • Gran Dependencia:
    La gran dependencia se declara cuando el asegurado necesita ayuda varias veces durante el día, por haber perdido totalmente la autonomía física, mental, intelectual o sensorial. También llamada gran invalidez.
    Y necesita de apoyo permanente. En estos casos el asegurado estará cubierto con:

    • Renta vitalicia del 100% del importe contratado.
      Se satisfará en toda la vida del asegurado y mientras el estado de gran dependencia perdure.
  •  Dependecia Severa:
    Se produce cuando el asegurado necesita ayuda dos o tres veces en el día, sin requerir de un cuidado constante para su autonomía personal.
    En estos casos se dispondrá de:

    • Renta del 50% del importe contratado de por vida y siempre que el estado de dependencia severa se mantenga.

Modalidades del Seguro de Dependencia

Existen tres modalidades que el asegurado puede escoger a la hora de contratar. Y que variarán en el importe que percibirá tanto en Gran Dependencia como en Dependencia Severa:
Las tres modalidades comportan el reembolso total del capital de primas, ante el fallecimiento sin haberse declarado la dependencia.
Esta cobertura es perfectamente compatible con un seguro de vida o seguro de vida con invalidez. Y cuentan con la asistencia familiar, explicada más arriba. 

La variación de los importes según la modalidad es la siguiente:

  • A: 500€ mensuales en Gran dependencia y 250€ en Dependencia Severa.
  • B: 1.000€ mensuales en Gran dependencia y 500€ en Dependencia Severa.
  • C: 1.500€ mensuales en Gran dependencia y 500€ en Dependencia Severa.

Beneficios del seguro de Dependencia de Barón Seguros

  • Asistencia familiar incluida
  • Prima periódica constante
  • Posibilidad de aportar una cantidad inicial al momento de contratar, sin carencia.
  • Devolución total de primas en caso de fallecimiento o antes de los 75 años.
  • Tres modalidades de contratación, acorde a las posibilidades y necesidades de los asegurados.
  • Las primas reducen la Base de IRPF.
[cforms name=»Contacto»]