El seguro de vida es una herramienta para proteger a los seres queridos en caso de fallecimiento del asegurado.
Sin embargo, para que el capital asegurado llegue sin contratiempos a sus destinatarios, es fundamental comprender cómo se designan y gestionan los beneficiarios del seguro de vida.
En este artículo, explicamos quiénes pueden ser beneficiarios, cómo se cobra el seguro y qué sucede si no se designa a nadie, entre otros puntos relacionados. ¡Vamos allá!
Beneficiarios del seguro de vida: Todo lo que debes saber
¿Quiénes pueden ser beneficiarios del seguro de vida?
Los beneficiarios del seguro son aquellas personas designadas en la póliza para recibir la indemnización en caso de fallecimiento del asegurado. A diferencia de los herederos legales, los beneficiarios no tienen que ser familiares directos ni cumplir con un orden sucesorio específico.
Los beneficiarios del seguro son aquellas personas designadas en la póliza para recibir la indemnización en caso de fallecimiento del asegurado
El tomador del seguro (quien contrata la póliza) tiene total libertad para nombrar beneficiarios, ya sean personas físicas (pareja, hijos, amigos, etc.) o entidades jurídicas (empresas, asociaciones..). Para evitar confusiones y conflictos en el cobro del seguro de vida, se recomienda especificar claramente:
- Los nombres y apellidos de los beneficiarios
- El porcentaje de capital que corresponde a cada uno.
Beneficiarios primarios y secundarios
Es recomendable designar tanto beneficiarios principales como contingentes (secundarios o terciarios). Por ejemplo, si el beneficiario primario es el cónyuge y este fallece antes que el asegurado, la indemnización pasaría automáticamente a los beneficiarios secundarios, evitando así que el dinero quede en un limbo legal.
Beneficiarios menores de edad
¿Qué pasa si el benficiario es menor de edad?
Otra pregunta común entre nuestros asegurados.
Si el beneficiario es menor de edad, no puede recibir directamente la indemnización.
En estos casos, se recomienda establecer un fideicomiso o nombrar un administrador de los fondos hasta que el menor alcance la mayoría de edad.
- Si no se hace, la cantidad asegurada quedará bajo control de un tribunal hasta que se determine un tutor legal.
Diferencia entre herederos legales y beneficiarios del seguro de vida
Muchas personas creen que los herederos legales tienen derecho automático sobre el seguro de vida, pero esto no es así siempre. La indemnización del seguro no forma parte de la herencia cuando hay un beneficiario designado en la póliza. Esto significa que el dinero se entrega directamente a la persona nombrada y no se reparte entre los herederos del fallecido.
Sin embargo, si no se designó un beneficiario en la póliza, la suma asegurada sí pasa a los herederos legales y se integra en el patrimonio hereditario. En estos casos, el reparto se dá por el orden de sucesión.
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Orden de sucesión en España:
- Descendientes (hijos biológicos o adoptivos)
- Ascendientes (padres)
- Cónyuge
- Hermanos del asegurado
Importante:
Si la indemnización entra en la masa hereditaria, puede verse afectada por deudas u obligaciones pendientes del fallecido.
Cobro del seguro de Vida
Pasos para el cobro del seguro de vida
Para que los beneficiarios puedan acceder a la indemnización, deben seguir estos pasos:
1. Confirmar la existencia de la póliza (seguro de vida)
Antes que nada se debe cerciorar de la existencia de la póliza y si está en vigor.
Si el beneficiario no conoce los detalles de la póliza, puede consultar el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento del Ministerio de Justicia (en este artíulo te contamos todo acerca del trámite). Este organismo permite verificar si el fallecido tenía contratado un seguro de vida y con qué aseguradora.
2. Notificar el fallecimiento a la aseguradora
Es necesario comunicar por escrito a la compañía aseguradora el fallecimiento del titular del seguro. Se recomienda hacerlo en un plazo máximo de 7 días, según la Ley de Contrato de Seguro.
3. Documentación requerida para el cobro del seguro de vida
Para gestionar el pago, la aseguradora suele solicitar los siguientes documentos:
- Certificado de defunción original (emitido por el Registro Civil).
- Copia de la póliza de seguro o certificado del contrato.
- DNI o acta de nacimiento del asegurado.
- Documentos que acrediten la relación del beneficiario con el asegurado, como el libro de familia o certificado de matrimonio.
- Justificante del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya que el seguro de vida tributa como una adquisición «por causa de muerte» en muchas comunidades autónomas.
- Si la causa del fallecimiento fue un accidente, la aseguradora puede requerir documentación adicional, como un atestado policial o informe forense.
4. Recepción de la indemnización
Una vez entregados todos los documentos, la aseguradora tiene un plazo de 40 días para realizar el pago mínimo indiscutible. Si la empresa necesita más tiempo para investigar el caso, el plazo máximo para abonar la indemnización es de tres meses; de lo contrario, deberá pagar intereses por demora.
La indemnización se deposita generalmente mediante transferencia bancaria y de forma individual: si hay varios beneficiarios, cada uno recibe su porcentaje directamente.
Casos en los que no se cobra el seguro de vida
Existen situaciones en las que la aseguradora puede negar el pago del seguro.
Algunas de las razones más comunes incluyen:
- Causa de fallecimiento excluida: Algunas pólizas excluyen el suicidio en el primer año de contratación, muertes derivadas de actividades extremas no declaradas o fallecimientos en actos delictivos.
- Falsedad en la declaración del asegurado: Si el asegurado omitió o falseó información de salud relevante al contratar el seguro, la aseguradora puede anular la póliza.
- Falta de pago de primas: Si el asegurado dejó de pagar las cuotas y la póliza estaba inactiva al momento del fallecimiento, no habrá derecho a indemnización.
- El beneficiario pierde su derecho: En casos en los que el beneficiario haya causado intencionalmente la muerte del asegurado, quedará inhabilitado para recibir el dinero.
¿Cómo reclamar si la aseguradora niega el pago?
Si la compañía aseguradora rechaza la indemnización o paga una cantidad inferior a la esperada, los beneficiarios pueden tomar las siguientes acciones:
- Reclamar ante la aseguradora: Presentar una solicitud formal al Servicio de Atención al Cliente de la aseguradora.
- Reclamar ante la Dirección General de Seguros (DGSFP): Si la aseguradora no resuelve el problema, se puede elevar la queja al organismo supervisor.
- Vía judicial: Como último recurso, los beneficiarios pueden interponer una demanda en los tribunales.
La importancia de designar correctamente a los beneficairios
Designar correctamente a los beneficiarios del seguro de vida es fundamental para garantizar que la indemnización llegue a las personas deseadas y evitar conflictos legales. Es recomendable revisar periódicamente la póliza y actualizar a los beneficiarios si las circunstancias personales cambian.
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